Garantías internas institucionales en el sistema jurídico español
La mayoría de las constituciones nacionales no hacen una mención
específica de la no discriminación por razones económicas,
sino que tan sólo, hacen énfasis permanente al derecho a
la igualdad.
Entre ellas se encuentra la Constitución española de 1978.
En su artículo 14 establece:
Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer
discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo,
religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia
personal o social.
Este artículo debe ser puesto en relación con los artículos
1.1, 23.2 y 139.1:
-
El artículo 1.1 establece:
España se constituye en un Estado social y democrático
de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico
la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.
-
El artículo 23.2 establece:
Asimismo, tienen derecho a acceder en condiciones en condiciones de
igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que
señalen las leyes.
-
El artículo 139.1 establece:
Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones
en cualquier parte del territorio del Estado.