El derecho de la mujer a su integridad física, incluyendo su autonomía, su sexualidad, y el control de su cuerpo frente a cualquier tipo de agresión en el ámbito doméstico familiar, es un derecho hasta el momento no recogido suficientemente y de forma explícitas en los textos internacionales de Derechos Humanos. Aunque figura en algunos normas internas de los estados, continúa siendo uno de los derechos más frecuentemente violados. Este derecho es uno de los derechos fundantes de la condición femenina. Por ello, son cruciales las reivindicaciones del movimiento feminista de exigir el reconocimiento del maltrato, abuso y acoso sexual en el ámbito tanto público como privado, en cuanto que hechos violatorios del derecho de la mujer a su integridad psico-física, a su integridad moral y a su libertad sexual.
En relación al derecho de la mujer a su integridad física, psicológica y sexual, es necesario indicar, además, la existencia de violencia hacia la mujer desde lo político, más específicamente desde el terrorismo de Estado. Se cuentan por miles los casos de tortura, violaciones y abuso sexual hacia prisioneras políticas y desaparecidas. Además de toda la problemática de las mujeres refugiadas, asiladas y perseguidas políticas.
La historia de la lucha por la igualdad de la mujer como persona, ha avanzado enormemente en Europa y Estados Unidos. Mientras en muchos países del Sur, persisten prácticas culturales discriminatorias y justificadoras de atentados contra la integridad física de la mujer. Pensemos en las formas de infanticidio femenino en India, China y los estados árabes; la falta de atención médica y cuidados maternos hacia las niñas en favor de los niños; etc.
La discriminación contra las mujeres en el ámbito de los derechos políticos se ejerce en el momento de elegir candidatos a los cargos con poder de decisión. Se las relega a puestos intermedios o secundarios, o a aquellos con poca probabilidad para ser electos públicamente.
La presencia de mujeres en cargos públicos es bastante reducida en todos los países occidentales. Y la participación de éstas disminuye aún más cuando se trata de puestos de mayor poder y alcance. En el caso de las mujeres que desempeñan papeles de responsabilidad, generalmente tienen asignadas tareas vinculadas a la cultura, la educación, servicios sociales o asistenciales. En mucha menor medida, encontramos mujeres desempeñándose en áreas como Relaciones Exteriores, Economía, Interior y Defensa.
Ambitos éstos, asociados exclusivamente a las tareas varoniles.
Esta división de tareas, obedece a ciertos estereotipos, discriminatorios propios de las sociedades patriarcales. Señalemos algunos:
El problema radica en que la desigualdad entre los sexos se da dentro de las organizaciones políticas de la misma manera que en la sociedad. Se reproducen así las formas discriminatorias.
Dentro del reducido campo de las mujeres que participan en política, muchas de ellas lo han hecho a partir de influencias masculinas. Siendo hijas de...; esposas de..., etc . Y muy pocas son las que han accedido a puestos de decisión por iniciativa totalmente individual. La mayoría de mujeres que se presentan en las listas partidarias han estado situadas en la segunda mitad de las listas durante las tres primeras legislaturas. Como cabezas de listas apenas figuran mujeres.
Todos estos casos podrían trasladarse a la experiencia de otros países, ya que la cultura política es todavía un espacio reservado a los hombres y sus decisiones. Y a través de ella, se preserva y reproduce una sociedad androcéntrica y subordinadora de la mujer.